Se ubica un problema, contextualizarlo, y ubicar los elementos de estudio y la iniciativa.
Al respecto se deben considerar el aspecto formal:
El cual se trata de construir la iniciativa, el cual consiste:
a) Exposición de motivos
b) Articulado
c) Artículos Transitorios.
Etapas:
1) Elaboración de la Iniciativa de la ley:
Exposición de motivos. Es la explicación del contenido de la ley. (conocer la ratio legis)
El texto normativo
Disposiciones legislativos
2)Proceso de presentación ante el Pleno:
Se presenta ante el Pleno para su procedencia y análisis, luego de votarla, se pasa a Comisiones para su estudio, procedencia y dictamen.
3) Turno a Comisiones:
La recepción del Dictamen.
Inscribirse en el orden del día de la reunión de la comisión.
Hacer de su conocimiento a los integrantes de la Comisión.
Distribución de la Iniciativa.
Elaboración del proyecto de Dictamen.
Inscribir el proyecto de Dictamen en l orden del día de la reunión de la comisión.
Análisis, discusión y en su caso aprobación del proyecto de dictamen en reunión de la Comisión, del cual pueden darse 3 supuestos.
a) Desecha
b) Aprobación en sus términos.
c)Aprueba con modificación.
4) se turna a la Comisión para su inscripción ante la Mesa Directiva en el orden del día de la Sesión del Pleno.
Es entonces que se realiza el siguiente procedimiento:
a) Fundamentación del Dictamen por la Comisión, se presentan oradores a favor y en contra.
b) Se lleva a cabo el Debate de discusión en los General, y luego en lo Particular (artículo por artículo del texto del Dictamen)
puede darse alusiones personales en el debate o inclusive por partido, en caso de que este se lleve a cabo una moción suspensiva.
En caso de que esto no se de, pasa a la siguiente etapa, la cual es la Aprobación y se remite al Ejecutivo.
Una vez aprobada la ley por el Pleno esta de remite al Ejecutivo Federal donde el mismo realiza lo siguiente:
1)Publicación
2) Observaciones
3) Refrendo, la cual la realiza el Secretario del Ramo, es indispensable que se lleve a cabo.
4) En caso puede existir el veto, el cual consiste en la negativa del Ejecutivo de publicar la ley.
En caso de ser aprobada, se publica y se dan 3 aspectos:
Publicación
Vacatio Legis. Vació de la Ley.
Entrada en vigor, a partir de la cual se aplica, es hasta esos momentos que tiene validez la norma jurídica.
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